Dispositivos de iluminación activos y pasivos para ciclistas
La iluminación desempeña un papel muy importante en la seguridad de los ciclistas, tanto si cuentan con un motor eléctrico auxiliar como si no
En las épocas oscuras del año, una iluminación reglamentaria que funcione correctamente no solo es indispensable para que podamos ver bien mientras conducimos, sino especialmente para que nos vean bien en todo momento. A principios de 2017, en Alemania se volvió a redactar el artículo 67 de la Ley de homologación del transporte por carretera (StVZO, por sus siglas en alemán) «Dispositivos de iluminación en bicicletas» y se añadió el artículo 67a, «Dispositivos de iluminación en remolques de bicicletas». La legislación concede un alto nivel de responsabilidad a los usuarios de las bicicletas: se les permite no tener que instalar o llevar consigo durante el día dispositivos de iluminación activos desmontables, es decir, faros y luces traseras. No obstante, en la oscuridad, sí que deben estar instalados y, obviamente, en funcionamiento.
En caso de que esta obligación no pueda cumplirse —por ejemplo, debido a una avería repentina de una bombilla— los dispositivos de iluminación pasivos ganan una mayor importancia. Solo si todos los reflectores o dispositivos catadióptricos reglamentarios están íntegros, instalados y visibles en todo momento, podrán cumplir en la medida necesaria su función como dispositivos de seguridad eventualmente vitales.
A menudo, los ciclistas no son conscientes de los peligros de una iluminación insuficiente.
Por tanto, en el caso de las bicicletas de carreras y deportivas de montaña, ya no es necesario llevar consigo un dispositivo de iluminación a pilas cuando es de día. Sin embargo, cuando oscurece o se circula por túneles, las luces deben colocarse en la bicicleta para evitar una multa y, sobre todo, para desplazarse con seguridad. En principio, todos los dispositivos de iluminación, incluso en las bicicletas, deben tener un diseño autorizado oficialmente. Es decir, deben contar con una marca de certificación o de homologación. En el caso de los faros, también es necesario asegurarse de no deslumbrar a los usuarios de la vía pública que se aproximan en sentido contrario.
Otras novedades importantes: las bicicletas con una anchura superior a un metro deben llevar catadióptricos delanteros y traseros instalados de dos en dos horizontalmente, así como al menos dos faros blancos y dos luces traseras rojas, que estén instalados de dos en dos a una distancia lateral máxima de 20 centímetros del borde exterior. Los intermitentes delanteros y traseros solo se permiten en las bicicletas con más de dos ruedas o en aquellas con una estructura que oculta las señales manuales del conductor total o parcialmente. En cuanto a los remolques detrás de las bicicletas, se aplican las normativas correspondientes del nuevo artículo 67a de la StVZO. En particular, son de vital importancia cuando se lleva a niños en ellos.
En los controles de bicicletas, tanto en la calle como en actividades de educación vial para escolares, se observan incumplimientos con frecuencia. Uno de los principales problemas son los dispositivos de iluminación pasivos (catadióptricos) ausentes o no instalados por completo que forman parte del equipamiento prescrito permanentemente, tanto de día como de noche. Los dispositivos de iluminación obligatorios solo llaman la atención cuando oscurece y no están disponibles (artículo 67/67a de la StVZO), no están encendidos (artículo 17 del Código de Circulación alemán), o están averiados.
Para contrarrestar la cada vez más frecuente carencia de equipamiento con todos los reflectores delanteros, traseros y laterales obligatorios, se debe reforzar constantemente la sensibilización de los ciclistas y de todo el sector de la bicicleta con respecto a las normativas y los problemas. En lo que respecta a los controles policiales, cada vez son más habituales en todo el mundo las patrullas ciclistas de la policía. A pesar de que el espectro de anomalías e infracciones en el tráfico diario es variado, parece conveniente que en todos los controles policiales, o al penalizar infracciones graves de ciclistas, se realice un control general de aquellas bicicletas y ciclistas que hayan resultado sospechosos por algún motivo. Si se observan, por ejemplo, incumplimientos relativos a los dispositivos de iluminación pasivos que también son obligatorios durante el día, una indicación al respecto —si es necesario, con una advertencia verbal y/o la amenaza de una multa en caso de reincidencia— puede tener un efecto educativo.